En este apartado se incluyen todas aquellas obras menores que puedan realizarse en edificios, locales etc., excepto los incluidos en el apartado del Enterado de Obra.
Condiciones:
Una vez presentada la instancia en el ayuntamiento los técnicos municipales realizan el informe pertinente, y la Alcaldía resuelve sobre la instancia presentada.
Documentación: