En este apartado se incluyen obras del siguiente tipo: construcción de cualquier clase de edificio de nueva planta, reconstrucción, derribo etc., las cuales necesitan un proyecto técnico para llevarse a cabo.
Condiciones:
Una vez presentada toda la documentación en el ayuntamiento los técnicos municipales realizan el informe correspondiente, y si procede, la Alcaldía resuelve conceder la licencia de obra.
Tras finalizar las obras, y previo a la ocupación del nuevo edificio, deberá solicitarse la LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN. Para ello es preciso presentar la documentación que se relaciona en este documento, y posteriormente los técnicos municipales realizarán la pertinente visita de inspección a la nueva edificación.
Documentación: